No lo discuto, pero es evidente también que a unos países les afectó con más intensidad que a otros; y por tanto no deberían extrañar diferencias en el tratamiento legal de la cuestión. Esto lo reconoce incluso el profesor Khan, al cual volveremos después, cuando en el artículo que citas dice:José Luis escribió:¡Qué tal, fermat! Verás, tu argumentación en este punto me parece tan sólida como débil. Sólida porque es así y no podría haber sido de otra forma; débil porque esa realidad particular (España) no es incompatible con la realidad general (Europa). Y los legisladores españoles deberían saber que el Holocausto fue un "crimen contra la humanidad" (Nuremberg) que tuvo ámbito europeo, no sólo entre sus autores, sino también entre sus víctimas.
"the measure would find support in the EU parliament more from countries with direct experience with a Nazi past."
Pues en esto, estimado José Luis, no puedo estar de acuerdo. Vamos por partes. Dice el profesor Khan que las leyes que castigan la negación del Holocausto no restringen la libertad de expresión, sino un determinado tipo de expresión. Sinceramente, para este viaje no hacían falta alforjas. En ningún país, ni siquiera en el más dictatorial (Alemania nazi incluida), se prohibe todo tipo de expresión. Se prohiben únicamente aquellas que no están en consonancia con la línea oficial de las autoridades. o que van en contra de sus intereses; ahora bien asentir está siempre permitido. Pero la libertad de expresión consiste precisamente en lo contrario, es decir en tolerar, amparar y permitir que se expresen opiniones radicalmente opuestas a las oficiales, a las mayoritarias o a las tradicionalmente aceptadas. Por supuesto que algún límite debe haber. Así estoy de acuerdo plenamente en que se persiga la apología del genocidio y el enaltecimiento de los perpetradores; pero la negación debe tener (en mi opinión) un trato diferente.José Luis escribió:Por otra parte, yo nunca he apreciado ese choque del que se habla contra la libertad de expresión al legislar contra la negación del Holocausto. Me parece más bien un recurso espurio de los negadores "oficiales" del Holocausto. Coincido con el profesor Robert Kahn (un especialista cuya obra Holocaust Denial and the Law he utilizado en viewtopic.php?f=70&t=9882 ) cuando dice: "Laws against Holocaust denial do not per se restrict free speech -- rather they restrict a given type of speech. In this regard, the laws are no different from laws against obscenity, blasphemy or libel".
En cuanto a la comparación con las leyes contra la obscenidad, la blasfemia y el libelo; creo que nuestro profesor no ha estado muy acertado.
La blasfemia no es delito en casí ningún país de Europa Occidental. Que yo sepa solo lo es en Irlanda (donde se ha añadido recientemente) y en Polonia. En España se eliminó del Código Penal en 1988 (ya ha llovido) y en los demás paises de nuestro entorno, aunque carezco de datos concretos, teniendo en cuenta que se trata (en muchos casos) de estados laicos con largas tradiciones democráticas; no es descabellado pensar que tal delito no existe en esos paises desde hace mucho tiempo. Así pues para encontrarnos con el delito de blasfemia, aparte de los paises europeos citados, tenemos que irnos a los regímenes islámicos de corte religioso, tipo Irán o Arabia Saudí. Si esos van a ser los espejos en los que nos vamos a mirar para reformar nuestro sistema de libertades, apañados vamos. Y ya que estamos tocando este tema no puedo resistirme a hacer un comentario adicional. Hace algún tiempo se produjo una fuerte polémica debido a la publicación en un periódico danés de unas caricaturas del profeta Mahoma. Numerosos paises musulmanes enviaron protestas oficiales al gobierno danés instándole a imponer sanciones a la publicación. El gobierno danés no impuso sanciones amparándose en la libertad de expresión que garantizaba el derecho a publicar ese tipo de dibujos aunque fueran provocadores e inoportunos. Los paises musulmanes argumentaron que la libertad de expresión debería tener, y de hecho tenía, límites incluso en Europa; y ponían como ejemplo precisamente la prohibición de negar el Holocausto vigente en determinados países europeos. Algunos paises como Irán fueron algo más lejos y así el periódico Hamshahri convocó un concurso internacional de chistes y caricaturas sobre el Holocausto. ¿Curioso no? Parece que los extremos se tocan...
Vayamos con la obscenidad. En los paises democráticos está permitido elaborar y distribuir material pornográfico con determinadas restricciones (no se puede distribuir a menores, no se permite la publicidad,...) pero no está prohibido sin más. En cuanto a la exhibición del cuerpo desnudo o del acto sexual no se permite en espacios públicos, pero existen playas nudistas, hoteles nudistas, etc donde no hay tal tipo de restricciones. Lo fundamental para que este delito se produzca es que un tercero sea testigo involuntario del acto obsceno. En otro caso no existe delito. Y eso en paises donde tal delito está tipificado. En España, por ejemplo, no figura tal delito en el Código Penal.
Por último quisiera añadir un comentario que se me pasó en mi intervención anterior.
Del mismo modo y con el mismo convencimiento que defiendo la no tipificación como delito de la negación del Holocausto, defiendo la necesidad y la conveniencia de la norma interna del foro, que ha recordado José Luis. Este es un foro que se rige por sus propias normas y en el cual la participación es libre y voluntaria. Aquellos que decidimos participar en él acatamos las normas, y si alguién no está dispuesto a hacerlo por las razones que sean, no tiene más que buscarse otro foro más adecuado en el que intervenir. La exclusión del foro de aquellos que niegan el Holocausto no criminaliza a nadie, no merma la libertad de expresión y constituye un elemento regulador fundamental. De no existir tal norma, la discusión sobre los aspectos históricos del Holocausto sería sencillamente imposible, ya que se vería continuamente sofocada por las consabidas soflamas neonazis carentes de rigor y de pruebas, pero sobradas de alborotos, descalificaciones e insultos.José Luis escribió:En fin, y cambiando de tercio, al lector de este foro lo que sí le debe quedar claro es que aquí, en nuestro foro, sí es una infracción muy grave la negación del Holocausto. Supone exclusión permanente del foro.
Bienvenida pues dicha norma en el foro... pero no en el Código Penal.